5.- Inscripción en el Registro de la Propiedad.
Una vez firmada la escritura, se inscribe en el Registro de la Propiedad.
La finalidad del Registro es dejar constancia escrita de la titularidad
de los bienes y de cualquier derecho que recaiga sobre los mismos. Dicha
inscripción es recomendable realizarla para obtener las máximas
garantías jurídicas. Será imprescindible en el caso
de tener que pedir un préstamo hipotecario o querer subrogarnos
en un préstamos que ya existe. La presentación de la escritura
en el Registro de la Propiedad la realiza la notaria en el mismo día
de la firma mediante fax, teniendo 10 días hábiles para
presentar documentos originales.
La inscripción en el registro es la mejor garantía de certificar
que es realmente el propietario de la vivienda y protegerse frente a terceros.
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