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5.- Inscripción en el Registro de la Propiedad.

Una vez firmada la escritura, se inscribe en el Registro de la Propiedad. La finalidad del Registro es dejar constancia escrita de la titularidad de los bienes y de cualquier derecho que recaiga sobre los mismos. Dicha inscripción es recomendable realizarla para obtener las máximas garantías jurídicas. Será imprescindible en el caso de tener que pedir un préstamo hipotecario o querer subrogarnos en un préstamos que ya existe. La presentación de la escritura en el Registro de la Propiedad la realiza la notaria en el mismo día de la firma mediante fax, teniendo 10 días hábiles para presentar documentos originales.

La inscripción en el registro es la mejor garantía de certificar que es realmente el propietario de la vivienda y protegerse frente a terceros.

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